¿Por qué una “Ley de cultos” sería inútil y perjudicial en Cuba?

Opinión/ Religión y totalitarismo

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Cubamatinal/ Sin un Estado de Derecho, cualquier ley de cultos sería tan incumplida como la ley que obligará a los lobos a ser vegetarianos. Es inviable o un boomerang.

Por Jaime Leygonier

La Habana, 28 de junio de 2019/ CM/ Con las mejores intenciones o por aparentar que “hacen”, hay religiosos abogando por solicitar a la Dictadura una Ley de cultos que proteja a los religiosos de los atropellos de esa misma Dictadura que debe regalarles esa ley que la limite en su poder.

Y que haga cumplir en la práctica el derecho a la libertad de religión y de culto reconocido por “la Constitución” e irrespetado por el Estado.

Sus argumentos se basan en las quejas de toda asociación religiosa sobre la fiscalización
asfixiante y represiva del Estado a su quehacer y la negativa estatal a inscribir legalmente nuevos cultos y que los persigue.

Y, sin queja, el cardenal Jaime Ortega, entonces Arzobispo de La Habana y vocero “neutral” de las buenas intenciones de cambio” del General, como muñeco de ventrílocuo de los gobiernos de Cuba y del español de Rodríguez Zapatero, hace mucho declaró que debía existir una ley que regulara las relaciones entre el Estado y la Iglesia.

Así que la ley de cultos la quieren tanto los cristianos que no quieren seguir siendo
reprimidos como los instrumentos del Estado dentro de la Iglesia.

Pero como en Cuba, Dictadura, se escribe con mayúscula y sin comillas, es nombre propio y su apellido es totalitario, mientras que “Constitución” tiene que llevar comillas al igual que legalidad”, cae por su peso que una ley de cultos es inviable o un boomerang.

No sería aprobada, excepto que convenga al Estado aprobarla sin aplicarla; para aparentar democratizarse; otro “cambio”, como cuando el Gral. Raúl Castro, “renunció” a continuar como Presidente del Consejo de Estado y de Ministros (poder ficticio).

Poniendo a su muchacho, del cual declaró en T.V. que “lo hemos preparado” y reservándose el Ejército y el puesto de Primer Secretario del Partido.

Ambos poder efectivo por sobre la Constitución y cualquier Ley, pues el Partido es constitucionalmente” “la fuerza rectora de la sociedad”, a nadie rinde cuentas, mientras que el “Presidente electo”, como miembro del Partido le debe obediencia al Partido que nadie eligió y que ni pincha ni corta, es su Comité Central (C.C.) quien manda y el C.C. es Raúl Castro, jefe del Ejército.

¿Ese es el clima para leyes de ningún tipo? Sin un Estado de Derecho, cualquier ley de cultos sería tan incumplida como la ley que obligara a los lobos a ser vegetarianos.

¿Cuál de sus leyes, deficientes o buenas, cumplen las autoridades de Cuba? ¿La que prohíbe ruidos y música alta?¿La que establece que la Policía debe allanar un domicilio según requisitos legales y no con orden imprecisamente redactada y a las 2 de la madrugada?

¿Algún policía cumple como chofer las leyes del tránsito?¿ Cumplen las autoridades el deber de responder a las quejas? ¿No son falsas las pesas en cada comercio, sin faltar uno?

¿Obtener la propiedad de la vivienda o un subsidio para repararla no cuesta kafkianas gestiones burocráticas y cohechos?

Los defensores de la Ley de cultos dirán: “Si, pero podríamos quejarnos de que se negaron a aprobarnos la ley, o de que la aprobaron y la incumplen”.

Cierto, “el derecho a queja” de los bien intencionados, cuyas declaraciones las contrarrestarían las de otras autoridades religiosas instrumentos desembozados o disimulados de la Dictadura, quienes cantarían loas al “cambio”, a “la mejoría de las relaciones”.

Mejoría “probada” por la aprobación de la “Ley de cultos”. Y en el extranjero, la confusión acostumbrada que promueven los medios: “Cuba cambia, se democratiza”: “El lobo está comiendo hierba y, aunque con retrocesos, disminuyen sus ataques carnívoros; esperemos”.

¿Tengo que decir cuál de ambos bandos clericales será el favorecido por el Estado, quien con esa misma ley en la mano tendrá más elementos que ahora para presionar a los contrarrevolucionarios y pro-yanquis que utilizan la Iglesia”, mientras “los verdaderos
cristianos apoyan “el proyecto social”.

Los bien intencionados y los mal intencionados, me dirán que no, que la Ley de cultos obligaría al Estado a….¡¿En seeeriooooooo!?

Si consiguieran su ley, es imposible que no contenga como “caballo de Troya” un compromiso de sumisión al sistema y un acápite sobre las “sectas dañinas”. ¿O la Dictadura se la va a dar gratis y para que se protejan contra ella?

Y el Estado totalitario será juez inapelable y parte que interpretará a su gusto y aplicará esa ley. Hasta ahora las regulaciones estatales contra las iglesias les son impuestas, pero a partir de esa ley serán las solicitadas y aprobadas por las iglesias.

Y no va a dejar de dividirlos negociando y favoreciendo por separado.

Aprendan de su timorato intento de modificar el Proyecto de “Nueva Constitución”; pues por declarar contra el “matrimonio homosexual”, ¡diez iglesias aprobaron todo el resto de la monstruosa Constitución!, ¡en bloque!:

Solicitaron y aprobaron con sus firmas la tiranía del Partido (el General) las agresiones a
disidentes y la educación de sus propios hijos “en los principios -anticristianos- de la sociedad socialista”!!! Y ni se dieron cuenta la mayoría. Este nuevo juego con la “legalidad” saldría peor.

La ultima “Ley de cultos” que existió en Cuba, terminó en 1899 con el fin de la soberanía de España sobre la Isla. Era el Patronato de Indias, que hacía al Rey de España, en los territorios que colonizara, la máxima autoridad y protector de la Iglesia Católica.

Terminado ese control, entraron en Cuba los misioneros de otras denominaciones, predicaron, fundaron, prosperaron, sin que dejara de prosperar también la Iglesia Católica.

Y jamás hubo un concordato entre el Estado cubano y la Iglesia Católica, es decir un acuerdo entre ambos gobiernos para que la Iglesia solventara sus asuntos internos con sus propias leyes y tribunales eclesiásticos. Y ello fue bueno.

Y sin Ley de cultos ¿cómo no sufrieron intervencionismo estatal?. 

Porque la ley común se cumplía, pese a las deficiencias de la República, a su tendencia al personalismo que llevó a las dictaduras de Gerardo Machado (1926-1933) a la inestabilidad de 1933 a 1939, a la dictadura de Fulgencio Batista (1952-1959) – por cierto, dictadores con exitosas políticas económicas y no totalitarios- y culminó en Fidel Castro (1959-2007) y sus herederos (2007- ¿?).

Antes, pese al caciquismo, corrupción y guapería política, nadie podía confiscar una propiedad a una asociación religiosa, o perturbar un culto con altavoces, o prohibir a un predicador, y quien asesinara o malversara iba a juicio, fuera revolucionario o pro-gubernamental. Y lo denunciaban en la Prensa. Y el político cuidaba no perder los votos de los religiosos.

Y para darle una merienda en la logia a sus esposas, por “el Día de las Madres”, ninguna
fraternidad tenía que pedir permiso con quince días de antelación, a aprobar o denegar sin explicarles.

Y durante el Patronato de Indias, si hubo confiscaciones a la Iglesia Católica, como en 1851 con la Ley de Amortización de Mendizábal y toda otra denominación estaba prohibida, los misioneros no católicos podían ser perseguidos por la Ley.

De hecho, hoy, sin concordato, el Estado hace de la vista gorda ante los casos de delitos cometidos por clérigos, otorgándoles una impunidad que les da poder sobre ellos, “las mejores relaciones Estado-Iglesia”: No existe en Cuba un solo religioso malversador o pederasta.

¿Y en Estado de Derecho?: El concordato entre el Vaticano y el Gobierno de los Estados Unidos, fue uno de los factores en los escándalos de pederastia, pues los involucrados alegaron que el Concordato los autorizaba a no acudir a las autoridades judiciales laicas sino a las suyas propias.

Y lo que necesitan religiosos e iglesias para ejercer sus derechos es que las leyes sean justas y se cumplan. No una ley general o para cada denominación, sino un sistema judicial ante el cual respondan el religioso y el represor del religioso como cualquier otro ciudadano.

Y un Tribunal de cuentas donde acusar a las autoridades por violación de la Constitución.

Y que el Estado únicamente intervenga si la asociación religiosa viola la Ley común.

Y una única ley específica, no común: sobre las sectas dañinas (que ¡Dios nos libre la haga este gobierno! Y es delito que no dejaría de ser estatuido en una ley de cultos y usada para chantajear y destruir).

Y que los cubanos puedan vivir de su trabajo, pues si los fieles no pueden mantener por si mismos con sus donativos a su iglesia, es imposible la separación entre la Iglesia y el Estado.

Pues dependen hoy las iglesias de que el Estado les autorice recibir donaciones del extranjero, les permita o niegue visas a los pastores, les autorice o no materiales para la reparación, gasolina; mecanismos todos de control mediante el chantaje y la corrupción.

Y para lograr todo lo antes expuesto como indispensable para tener libertad religiosa, es necesario que los ciudadanos, y los fieles como ciudadanos, tengan soberanía, puedan influir al Poder con sus votos y opiniones, exista la separación de poderes con un sistema judicial independiente.

Si en serio quieren libertad religiosa, procuren todo eso.

(continuará) 

Artículos del autor

2) Portal de Diez de Octubre 818, año 2013 - Foto J. Leygonier.

Jaime Leygonier

Periodista independiente, con una amplia producción en diferentes medios de la prensa independiente y el exilio. Escritor, ex profesor (expulsado por sus acciones políticas), fue condenado a tres años de privación de libertad en 1990 por el supuesto delito de “propaganda enemiga”, con anterioridad expulsado de la carrera de Historia en la Universidad de La Habana por no renegar del catolicismo.

Reside en Cuba y se mantiene activo en la prensa independiente, incluido el periodismo de investigación.

© Jaime Leygonier

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¿Como votara el pueblo en el fingido «referéndum constitucional»?

Opinión / Derecho Constitucional

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La Reforma Constitucional en Cuba. © Imagen: Alen Lauzán. Diario de Cuba

Cubamatinal / En La Habana es visible un gran descontento; la gente en los taxis crítica y demuestra no creer el discurso del Gobierno con una libertad que no existía hace medio año.

Por Jaime Leygonier

La Habana, 20 de febrero de 2019/ CM / La propaganda machacona de la Dictadura con su «referéndum constitucionalero«, muestra la gran preocupación de la cúpula de que les salga el tiro por la culata, según analizan personas consultadas. 

La tardía y mala atención a las víctimas del tornado, genera descontento y críticas. Se supone que muchos no irán a votar y otros entregarán las boletas en blanco y como ha ocurrido siempre, los que supervisan la votación llenaran las boletas poniendo «Si«.

El mal está en el sentimiento de impotencia del pueblo; primero,  convencido como está  que con sus acciones no conseguirá nada y segundo la extendida mentalidad de supervivencia.

Al respecto de ese sentimiento de impotencia, recomendamos el siguiente corto, realizado en Cuba por conocidos actores, del cine, teatro y televisión nacional, bajo la dirección de su creador ©Eduardo del Llano. Puede acceder a la serie completa del director ( Todos los cuentos de Nicanor O’Donnell)

Intermezzo (Episodio 5)

 

Conclusiones: Sin ciudadanos no puede haber votación ciudadana alguna; sino un desfile de súbditos descontentos que piensan «total para qué» y de desvergonzados que votaran lo que se les ordene. 

No obstante, es de esperar que como dice el refrán, «la criada salga respondona«; con gran ausencia a las urnas, boletas en blanco y votos de «No«. Pero como no es una votacion seria sino un paripé propagandístico, las cifras oficiales serán las que imponga la Dictadura. 

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© Imagen: O. Santana

 

Y declararán «al Mundo» que «el Pueblo» votó por «la Revolución» y ¡para la eternidad de sus miserias!

 

2) Portal de Diez de Octubre 818, año 2013 - Foto J. Leygonier.

Jaime Leygonier

Periodista independiente, con una amplia producción en diferentes medios de la prensa independiente y el exilio. Escritor, ex profesor (expulsado por sus acciones políticas), fue condenado a tres años de privación de libertad en 1990 por el supuesto delito de “propaganda enemiga”, con anterioridad expulsado de la carrera de Historia en la Universidad de La Habana por no renegar del catolicismo.

Reside en Cuba y se mantiene activo en la prensa independiente, incluido el periodismo de investigación.

© Jaime Leygonier

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© Cubamatinal 2006-2019

Vindicación de la República Constitucional

Cultura / Ensayo histórico (Hemeroteca)

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Cubamatinal / El ensayo histórico » Vindicación de la República Constitucional», fue publicado por el autor originalmente en las páginas del extinto diario digital «La Nueva Cuba» en 2002. Editado por segunda vez en 2009 desde el Diario Cubamatinal (fin de la Primera Temporada 2006-2009), fue también diseminado vía e-mail a un gran número de lectores. A punto de cumplirse los sesenta años de la desaparición de la República Constitucional – que con sus luces y sus sombras se sitúa a años luz de la enraizada debacle nacional- nos parece interesante volver a diseminarla entre los lectores que se interesan por el tema.

Por Miguel A. Garcia

Acceso y Descargas:

Descargas por páginas para lectores con conexión lenta:

1ra Página:  La pérdida de objetividad en el análisis histórico

2da Página:  Supuesta base marxista del análisis histórico corriente

3ra Página: Un debate televisivo en España, entre el autor del ensayo y un diputado   comunista vasco 

4ta Página:  Los logros de 56 años de República Constitucional

5ta Página: Certera evaluación de la República Constitucional… por su mayor verdugo

6ta Página: Comentarios de referencias

7ma Página: Bibliografía citada

Recomendación del autor:

A continuación un documental  elaborado con material fílmico de archivo sobre lo que aconteció después de la República Constitucional y que aun padece la nacion. 

Título: «Fiel» Castro

Ficha Técnica:

  • Director: Ricardo Vega
  • Duración: 51 minutos
  • Productoras: Telebemba y Lunáticas Producción

 

Del emperador Nerón a la princesa Mariela Castro: “Matrimonio” homosexual guste o no (II Parte)

Opinión / A debate

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Imagen de cartel contra matrimonio igualitario. Santiago de Cuba

Cubamatinal / “En todo país en que pretendieron legalizar el “matrimonio” homosexual, pastores y sacerdotes elevaron sus voces para condenar el proyecto y para instruir moralmente a sus fieles sobre su responsabilidad de oponerse,como deber cristiano”– En Cuba, callan.

Por Jaime Leygonier

 

La Habana, 28 de agosto de 2018./ El estado cubano, encallecido en la violación de los derechos más elementales, proyecta legalizar el matrimonio “entre dos personas”.

¿Por qué esta dictadura “macho” que persiguió rabiosamente a los homosexuales, ahora los apadrina mientras desprecia cualquier otro derecho?

La intención aparente del gobierno es complacer a la princesa Castro Espín. Pero parece que este carnaval nunca fue cuestión de derechos, palabra a la que son alérgicos, sino de dinero. El Marxismo-Leninismo, afirma que todo obedece en última instancia a imperativos económicos.

Increíble que en una nación del siglo XXI, por más dictatorial que sea, una sola persona en posición de poder por nepotismo, se dedique a subvertir la moral social con lujo de recursos y silenciando todo debate y opinión profesional contraria.

Que imponga desde hace años una “educación sexual” en T.V. y en las escuelas, que no es sino propaganda de la homosexualidad so pretexto de combatir la homofobia.

La razón no visible puede ser incrementar los vitales ingresos de las remesas familiares y por inmigración y turismo, con el expediente de abrir la puerta a que vengan a Cuba a “casarse”, la adopción de menores por parejas homosexuales y la emigración de homosexuales mediante este “matrimonio”.

Sumar a la actual exportación de prostitutas, mediante matrimonios con “pepes”, este nuevo “rubro de exportación”.

La prostitución homosexual masculina, casi inexistente antes de 1959, es un auténtico “logro de la revolución” en los últimos años. Hasta se dedican a ella jóvenes ¡que no son homosexuales!, sino seres que se degradan por unos cuantos dólares.

El travestismo que ampara Mariela Castro, muestra mayores vínculos con la prostitución masculina con extranjeros que con ningún supuesto ejercicio de derechos.

Este “matrimonio”, abre todo un abanico de ingresos monetarios, desde turismo para venir a “casarse, hasta “cambio de sexo”, seguramente más barato en Cuba que en otros países.

Ganancia extra, la homosexualidad no produce el nacimiento de “bocas inútiles”, que suprimir con abortos. Cuestan dinero los hospitales maternidad, auténticas fábricas de abortar: Cuba es el segundo país en el Mundo en esta práctica que, según estadísticas oficiales, costó, hasta los años 90, cinco millones de vidas en una población de 10 millones de habitantes, 50%.

Y ganan el maquillaje de: “¡Miren cuan democráticos y nada machistas somos! ¡Casamos a los homosexuales como en Suecia!”.

No se preocupen: No podrán adoptar

Está extendido entre la población el rechazo a este proyecto, con el argumento
en contra de las adopciones. Es posible que la tranquilicen con declarar que la ley referente a las adopciones no se las autorizará a homosexuales.

Pero de legalizar el “matrimonio” homosexual, a la corta o a la larga sería imposible, por contradictorio, negarle los mismos derechos que al matrimonio heterosexual y serviría de primer paso para legislar el derecho a adoptar.

Escuché a dos personas auto tranquilizar su conciencia con afirmar que los distintos funcionarios que aprueban las adopciones, son muy rigurosos en sus investigaciones y autorización final… (¡?)

¿Será que en medio de la corrupción, que es la norma en toda oficina, los funcionarios encargados de decidir las adopciones, son extraterrestres importados del planeta Pureza?

La Iglesia: “El silencio de los carneros”

En todo país en que pretendieron legalizar estas relaciones, pastores y sacerdotes elevaron sus voces para condenar y para instruir moralmente a sus fieles sobre la responsabilidad de oponerse como deber cristiano y ciudadano.

Y organizaron manifestaciones y campañas de oración exclusivamente para sensibilizar sobre el tema. Ocurrió en Argentina, cuando era Arzobispo de Buenos Aires, el actual papa Francisco.

Cierto que se trata de países donde los ciudadanos son ciudadanos y no súbditos amedrentados que votan lo que les manda el amo, convencidos de que en caso contrario se perjudicarán sin conseguir cambiar nada.

Cuentan con recursos para oponerse; pues un referéndum no es una farsa, una manifestación reclamando cualquier cosa no es un “acto de contrarrevolución” y los creyentes hacen valer el peso de sus votos en las elecciones de sus gobernantes. Lo opuesto a lo que ocurre en Cuba.

Ello no exime a cada iglesia y a cada cristiano de manifestarse según su Fe, en defensa del matrimonio, de la niñez, de la familia y de la moral (¡qué menos que esto!, ya que no quieren defender a la sociedad de otras opresiones del totalitarismo).

La moral es concepto tan vilipendiado que hoy da vergüenza mencionarla; por miedo a que nos acusen de anticuados. Acudimos al eufemismo: “Valores”.

Apabullados por quienes afirman “científicamente” el relativismo y anti-cientificidad de la moral, cuyas reglas han resistido la prueba de milenios; lo cual demuestra que durante todo ese tiempo probaron su utilidad práctica personal y social.

Su subversión, justificada por diversas teorías que la descartan por “anti-científica”; teorías de búsqueda de la felicidad, “la liberad”, “derechos sexuales”, etc., particularmente a partir de los años 60 del siglo XX, ocasiona serios problemas a la familia y a la sociedad, al desechar como obsoletas reglas que las conservaban y hacían funcionar.

Pero en Cuba, la Iglesia, que se llena la boca para decir que “aspira a tener…” o que “tiene las mejores relaciones con el Estado”, anticristiano y dictatorial, no habla.

Salvo alguna cartita a las autoridades, protesta almibarada para salvar la cara, paripé al que el Estado da el valor justo que merece: Ninguno.

Y hubo una manifestación de evangélicos, que lamentablemente trascendió poco al público.

Ningún obispo católico, hará en La Habana, lo que hicieron sus colegas de Argentina o de otros países ante ataques similares a la moral social.

Ningún Juan Bautista, tendrá los pantalones de salir al paso de un Herodes a decirle: “No te es licito”. Ni orientará a sus fieles votar por la Ley de Dios.

Incumplirán su deber de decirle a los fieles que voten en contra de una “constitución” que valida la tiranía y se opone a la Ley de Dios, al legalizar la inmoralidad sexual.

No los castró la Dra. Mariela Castro Espín; eunucos, aunque no “por el reino de Dios”, ofrendaron el bonsái de su virilidad en el altar del Cesar sado-masoquista que los somete.

Pero…¿Por qué la Iglesia en Cuba es tan diferente a la del resto de los países?

¿Tan pecadora que no defiende la Fe, ni la familia ni la moral, ni la Patria, contra estos atropellos y, en contraste, tan santa que Cuba es el único país en que el clero no ha incurrido en escándalos de pederastia y lavado de dinero?

¿Son más cobardes que los extranjeros y a la vez unos justos perfectos?

Y cuando nos visitan los papas, no hablan de los males nacionales como  hacen en otros países, sino de otras cosas.

¿Es especulativo pensar que el estado policíaco que espía a todo el Mundo, oculta cortésmente sus faltas y ellos le pagan con la misma cortesía?

El gran escándalo de la Iglesia en Cuba es que no da escándalo… Excepto en darle al Cesar, lo que es de Dios.

La indefinición de conceptos, la “caja de Pandora” y la crisis.

Perdone el lector que para analizar el tema son obligatorias explicaciones repulsivas:

¿Existe un solo argumento de los empleados para defender el matrimonio homosexual que no pueda ser aplicado al matrimonio de grupos y al matrimonio incestuoso?

“Dos personas”, incluye literalmente a parientes consanguíneos entre los cuales el matrimonio está vedado moralmente por nocivo para la herencia biológica y para el funcionamiento de la familia: Hermana y hermano, abuela y nieto, padre e hija.

¿Podrán casarse? (Imagino que la depravación gubernamental no va en esa dirección). Pero siguiendo la misma lógica absurda con que defienden su “matrimonio”, limitarlo a “dos personas” es discriminatorio para “los derechos” de quienes deseen casarse en grupos. O, ¿por qué no?, casarse con un animal.

¿Por qué no, si existen tales prácticas y se supone hacen felices a los que las practican? Y ¿acaso hay mucha diferencia con el “matrimonio” homosexual? Pues la moral sexual es “relativa”, no existe, sustituida por el gusto personal y lo que cuenta es “la preferencia”, lo que cada uno desee y determine con otro por consentimiento mutuo:

Pues ¡a casarse, uno con dos o más, o el hijo con la madre! Son “dos personas”, si los hace felices no les nieguen “el derecho” a esos dos o a varios.

Además de los mismos argumentos pseudo-psicológicos, tendrían a su favor la ventaja de ser relaciones más naturales físicamente, si los grupos, los cónyuges incestuosos o el animal, son de sexo opuesto.

Y aunque prime lo económico, postulado Marxista-Leninista; en este empeño no todo parece económico. Asoma un morbo caro al corazoncillo de los promotores y evidencia de la degradación moral del Régimen y de sus santones, que siempre blasonan de pureza y fueron moralistas intransigentes, como toda dictadura. Hasta estos suprimir la moral por decreto.

La Antigua Roma, con sus instituciones republicanas en decadencia; Francia, en vísperas de la Revolución francesa: Históricamente el exhibicionismo y la aceptación “moral” de la homosexualidad coinciden con una grave crisis de la sociedad, enfermedad que culmina en su hundimiento o en revolución.

¿Un único final o variantes posibles?

Pese a que en el libreto está el “happy end” del “matrimonio” homosexual, aun pudieran sorprendernos con otros finales.

Raúl Castro, amante de la ambigüedad y de cara al rechazo popular, pudiera aprobarlo y declarar que está en contra; pero que lo acepta porque él es muy democrático.

O rechazarlo para “quedar como hombre” ante el pueblo.

O complacer a su hija y a sus intereses con una fórmula intermedia:

Legalización de relaciones que no equivalga a matrimonio o que si equivalga,
pero tenga otro nombre.

El fingido presidente Díaz Canel, pudiera hacer lo mismo para acreditarse; últimamente se exhibe de “escobita nueva barre bien”, fungiendo como populista inspector de heladerías que se disfraza y todo para inspeccionarlas.

Y un objetivo puede ser confundirnos, distrayendo nuestra atención con este tema escandaloso, para que no veamos el remachar de nuestras cadenas a lo largo de todo el Frankeinstein “constitucionalero”:

Que dará colorete legalista a esta anciana totalitaria y está plagado de inmoralidades peores que el “matrimonio”. Como sus neronianos “socialismo eterno”, “socialismo de derecho” con “partido único” constitucionalmente por encima de la Constitución y de las leyes, “propiedad social”, “planificación estatal de la economía”, “defensa de la Revolución”, etc.; y ¡con la más absoluta indefinición de los términos “socialismo” .y “revolución”!
De suerte que, muerta toda ideología, en nombre de un socialismo tan indefinido que puede ser cualquier cosa, inventarán y harán “constitucionalmente” lo que les dé la gana con Cuba y sus once millones de esclavos que votan.

Y los olvidadizos papanatas internacionales y nacionales y los pejes gordos de la política internacional, amantes de los Derechos Humanos en sus discursos, pero compinches de la dictadura en Cuba y en la O.N.U., declararán por milésima vez desde 1990 que “Cuba cambia a la democracia” por decreto de sus nerones y que ayudan a ese proceso al venir a hacer negocios de carroñeros. 


2) Portal de Diez de Octubre 818, año 2013 - Foto J. Leygonier.
Jaime Leygonier Fernandez

Periodista independiente, con una amplia producción en diferentes medios de la prensa independiente y el exilio. Escritor, ex profesor (expulsado por sus acciones políticas), fue condenado a tres años de privación de libertad en 1990 por el supuesto delito de “propaganda enemiga”, con anterioridad expulsado de la carrera de Historia en la Universidad de La Habana por no renegar del catolicismo.

Reside en Cuba y se mantiene activo en la prensa independiente, incluido el periodismo de investigación.

Carta abierta: Segundo reclamo de feligrés al Nuncio Apostólico en La Habana

Derecho / Derecho Canónigo

codigo de derecho canonico

Cubamatinal/ En ediciones anteriores, hemos publicado diferentes artículos del feligrés de la parroquia El Buen Pastor de Jesús del Monte en el municipio capitalino “10 de Octubre”, reclamando a la iglesia la rectificación publica de las ofensas emitidas contra diferentes estamentos de la sociedad civil cubana en un numero de la publicación jesuita “Vida Cristiana”. Luego de varios desencuentros y omisiones sobre el reclamo; el feligrés Jaime Leygonier, dirigió una carta al Nuncio de la Santa Sede en La Habana. Ante el silencio del Nuncio, envía una segunda carta reclamando el derecho de acudir al Papa en demanda legal como establece el  Derecho Canónigo. A continuación el texto de la nueva carta y copia de la primera.

Texto de la carta: 

La Habana, 21 de junio, 2018.

Excelentísimo Señor Nuncio de la Santa Sede en La Habana.

La S. E.R., arzobispo Georgio Lingua:

Hace meses le escribí la carta que abajo reenvío, sin respuesta aun de S.E.R. Se suma S.E.R. a la negación a un católico cubano de su derecho a acudir en demanda a S.S. el papa Francisco, derecho prescripto por el Código de Derecho Canónico?

Apoya a los pastores cubanos que incurren en esa violación de derecho. con  negarse también a aplicar  el Derecho Canónico, con el método del silencio, de ignorar a quienes se quejan , que tantos escándalos y desprestigio han traído a la Iglesia,  negativa que significa abuso de autoridad, contra las leyes que otorgan esa autoridad?

Porque, como Nuncio, lo hace en nombre de S.S. el papa Francisco.

Insisto en mi derecho a acudir al Papa en demanda legal y espero me responda. El corrupto y pagano pretor Felix, otorgo ese derecho, su precedente, a Pablo de Tarso, para que acudiera ante el monstruoso emperador Tiberio.

Espero que la Iglesia, hoy, no sea peor y S.E.R., facilite mi demanda.

Jaime Leygonier Fdez. Feligrés de Jesús del Monte.(Ya tiene mi dirección y teléfono abajo se repite).


Primera carta:

Excelentísimo Señor Nuncio de la Santa Sede en La Habana.

S. E.R., arzobispo Georgio Lingua:

Por mi carta e-mail del 15 de marzo pasado y otra posterior, en las cuales le solicité interpusiera sus buenos oficios, para lograr una avenencia en asunto de “difamación mediante libelo”, conoce que hace meses solicito una rectificación a la cual se niegan las autoridades de la Iglesia a quienes compete.

S.E.R., conoce, que vista la obstinación en negarse a la avenencia fraterna, pedí a esas autoridades un juicio eclesiástico contra el, o los implicados, según Derecho Penal Canónico. Y que me orientaran, sobre como presentarles mi demanda judicial.

Pero prosiguen obstinados en su negativa, mediante el expediente infantil de no responder mis cartas de petición, privadas y públicas, de las cuales no pueden negar conocimiento.

Ello va contra el Derecho Canónico. Contra mi derecho a presentar la demanda, que mi Iglesia me otorga mediante ese código legal. Contra el voto de obediencia a la autoridad superior, pues fue el Papa (S.S. Juan Pablo II) quien refrendó el Código de Derecho Canónico vigente.

Y contra el deber que tienen el Superior de los Jesuitas, R.P. Juan Miguel Arregui; el Arzobispo de La Habana, S.E.R. Juan de la Caridad García Rodríguez; y los obispos de la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba (C.O.C.C.) de velar porque los religiosos subordinados a ellos o en su diócesis, o en las diócesis donde repartieron el libelo, no den escándalo y, en caso de delinquir, sean castigados según justicia.

Justicia que me asiste, según reconoce implícitamente tanto ignorar mi demanda: Pues si mi denuncia fuera injusta, la autoridad eclesiástica, en este caso el Superior de la Compañía de Jesús y el Arzobispo de La Habana, estarían igualmente en deber de recibirla.

Y, luego de recibirla, desestimarla como infundada por motivos legales que me explicarían.

No me sorprende, pues hace años fue en vano denunciarles al arzobispo de La Habana, S.E.R. Juan de la C. García Rodríguez y a su predecesor, el cardenal Jaime Ortega:

Los robos del párroco Luis Alberto Formoso, los mecanismos de secta de la parroquia de La Medalla Milagrosa.

Precedente acto de “difamación mediante libelo”, cometido por el arzobispo de Pinar del Rio, Mons. E. Serpa, contra el derecho al buen nombre de los presos de conciencia conocidos como “los 75”. A quienes calumnió, al declarar en la revista “Palabra Nueva”: “algunos eran presos comunes”, sin especificar cuáles ni en que basaba su descalificación.

Cobro de los sacramentos mediante tarifa; posible violación del secreto de la confesión, etc.

Dado que la arbitrariedad y la impunidad imperan en Cuba y los príncipes de mi Iglesia parece las consideran “principios” y desprecian no solamente las peticiones, sino al Código de Derecho Canónico al que deben obediencia:

Acudo a Su Excelencia Reverendísima, y como a Nuncio, representante de la autoridad papal, le ruego tenga a bien citarme para tramitar mi demanda legal a Roma, contra el señor cura Eduardo García Tamayo, S. J., director de la publicación jesuita “Vida Cristiana”.

Demanda por “injurias y difamación mediante libelo” contra colectivos sociales de cubanos. Con uso de la propaganda de odio oficial, en esa publicación católica.

La diferencia entre autoridad y tiranía, la marca la sujeción de la autoridad a la Ley.

El 17 de abril del presente, vino a la puerta de mi hogar un agente de la Seguridad del Estado, “Sección 21 de Enfrentamiento a la Contrarrevolución”. Pretendía “conversar” conmigo sobre mi labor, me negué.

Como escribo muy poco periodismo desde diciembre del 2016 y últimamente casi que mis únicas publicaciones son mis cartas a autoridades de la Iglesia:

Me pregunto si este acto de acoso que coincide con mi demanda a eclesiásticos es casual o si el Estado anticristiano, deviene en defensor represivo del clero a quien censuro. Espero su respuesta y citación.

Le ruego, ya que aquí no veo ni voluntad de solución ni quien pueda servir de juez, siendo todos parte, que remita esta carta a Su santidad el Papa Francisco.

Que Dios lo bendiga.

Y a nuestra Iglesia en descrédito y crisis: Por mentalidad y prácticas, como las que motivan ésta.

Jaime Leygonier Fernández, feligrés de El Buen Pastor de Jesús del Monte.

Tlf. móvil: (53) 52003571. Domicilio: Zapotes 113, Santos Suarez, La Habana. CP- 10500.


Información Vinculada: 


 

2) Portal de Diez de Octubre 818, año 2013 - Foto J. Leygonier.
Jaime Leygonier Fernandez

Periodista independiente, con una amplia producción en diferentes medios de la prensa independiente y el exilio. Escritor, ex profesor (expulsado por sus acciones políticas), fue condenado a tres años de privación de libertad en 1990 por el supuesto delito de “propaganda enemiga”, con anterioridad expulsado de la carrera de Historia en la Universidad de La Habana por no renegar del catolicismo.

Reside en Cuba y se mantiene activo en la prensa independiente, incluido el periodismo de investigación.

El necesario Tribunal de Garantías Constitucionales

Selecciones Cubamatinal / Derecho Constitucional

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Cubamatinal/ El Tribunal de Garantías Constituciones y Sociales, según el artículo 182 de la Constitución de 1940, era el órgano jurisdiccional competente para conocer: los recursos de inconstitucionalidad contra las Leyes, Decretos-leyes, Decretos, resoluciones o actos que nieguen, disminuyan, restrinjan o adulteren los derechos y garantías consignados en la Constitución o que impidan el libre funcionamiento de los órganos del Estado y los recursos de HÁBEAS CORPUS por vía de apelación o cuando haya sido ineficaz la reclamación ante otras autoridades o tribunales, entre otros.

Por Julio Alfredo Ferrer Tamayo.

La Habana, 6 de marzo, 2013/ AJC/ Hasta donde he podido hurgar en mis indagaciones bibliográficas, ese Tribunal existió en la estructura jurídica del país, hasta los primeros años de la década del setenta de la pasada centuria, pero no he logrado conocer las causas que determinaron la desaparición de tan importante y necesario órgano
jurisdiccional.

¿Puede tal acontecimiento, considerarse avance o retroceso? Lo catalogo como lo segundo, pues la no existencia del Tribunal de Garantías Constitucionales, hace carente a la Constitución de la República, de la necesaria y debida protección jurídica y de que no contemos con un mecanismo jurídico que permita y garantice con la agilidad , viabilidad y efectividad requerida, el restablecimiento de la legalidad, cuando son vulnerados garantías y derechos tan importantes como los establecidos en los artículos 58 y 59 de la Carta Magna:

  • La libertad e inviolabilidad de su persona están garantizadas a todos los que residen en el territorio nacional.
  • Nadie puede ser detenido sino en los casos, en la forma y con las garantías que prescriben las leyes…
  • Nadie puede ser encausado ni condenado sino por tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y con las formalidades y garantías que estas establecen.
  • Todo acusado tiene derecho a la defensa.
  • No se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna sobre las personas para forzarlas a declarar.
  • Es nula toda declaración obtenida con infracción de este precepto y los responsables incurrirán en las sanciones que fija la ley.

Conocemos de casos, lamentablemente se suceden con mayor frecuencia, en que las personas son detenidas o presas con total quebranto de la forma y las garantías que prescriben las leyes, especialmente los artículos 252 y 253 de la Ley de Procedimiento Penal, referidos a la forma y supuestos en que es posible imponer la prisión provisional, como medida cautelar a un acusado, respecto a los cuales el Consejo de Estado a través del Acuerdo de 8 de marzo de 1985, estableció un imperativo legal:

  • Cuando se trate de acusados que posean buenos antecedentes y observen buena conducta sólo podrá disponerse o confirmarse la medida cautelar de prisión provisional si se entiende que el acusado tratará de evadir la acción de la justicia por haberse ocultado de las autoridades o destruido pruebas de su acción o en los casos en que se trate de un hecho delictivo que haya concitado alarma en la esfera social más inmediata, que se entienda imprescindible esta medida.

Lo que fue así plasmado en la Instrucción 118 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, prescripción legal de las más inobservantes, pues un número considerable de acusados se hallan en los establecimientos penitenciarios sujetos a prisión provisional, a pesar de poseer buenos antecedentes y sin tratar de evadir la acción de la justicia, confinamiento que por lo regular se dilata más allá del plazo legal establecido.

En esa situación está mi esposa Marienys Pavó Oñate, pues la Fiscalía, que debiera vigilar el estricto cumplimiento de la Constitución, se mantiene inerte ante tal ilegalidad.
Resultando posible, otra vía para restablecer la legalidad quebrantada, accionando ante ese, para mí, cada día más necesario Tribunal de Garantías Constitucionales.

Previa autorizacion

Selecciones Cubamatinal / Cuba: ¿Derecho?

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Literatura legal cubana

Cubamatinal/ La idea de escribir este artículo me surgió a la luz de las informaciones que vemos en los medios de difusión cubanos en cuanto a las medidas que se están tomando para la lucha contra la corrupción que, sobre todo para los que estamos dentro del país, es un cáncer con metástasis a todos los niveles.

Por Wilfredo Vallín Almeida

La Habana, 13 de abril, 2013 /PD/ Por supuesto que para luchar contra este mal que empeora ostensiblemente la ya muy maltrecha economía cubana y descolora más y más los valores de los cuales una vez nos enorgullecimos, se requeriría que nadie sin excepción estuviera fuera del alcance de tales medidas.

Hacer otra cosa significaría que los cubanos no somos todos iguales ante la ley y esto pugnaría con el precepto constitucional que afirma precisamente lo contrario.

En qué medida estamos ante una cosa o la otra puede apreciarse en el siguiente artículo de la Ley de Procedimiento Penal vigente:

“Libro sexto de los procedimientos especiales

Título I. Del modo de proceder para exigir responsabilidad penal a los miembros del Buró Político del Partido Comunista de Cuba; al presidente, vicepresidente y secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular; a los miembros del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros; a los jueces del Tribunal Supremo Popular, al Fiscal General de la República y a los vicefiscales generales.

ARTÍCULO 385. El Pleno del Tribunal Supremo Popular es competente para juzgar a las personas que seguidamente se expresan, por razón de los delitos de todas clases de que resulten acusadas:
1) Los miembros del Buró Político del Partido Comunista de Cuba, previa autorización de este órgano;
2) El Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular, previa autorización de la Asamblea o del Consejo de Estado, cuando ésta no esté reunida;
3) Los miembros del Consejo de Estado, previa autorización de este órgano;
4) Los miembros del Consejo de Ministros, previa autorización de este órgano;
5) El Presidente, el Vicepresidente y los Jueces profesionales y legos del Tribunal Supremo Popular, estos últimos mientras se hallen en el desempeño efectivo de la función judicial;
6) El Fiscal General de la República, los Vicefiscales Generales y los Fiscales de la Fiscalía General. Esta competencia se extiende a los delitos conexos de que aparezcan acusadas otras personas conjuntamente con aquellas.”

Las negritas destacan la esencia del asunto: Previa autorización.


Articulo tomado de Primavera Digital

W Vallin
Lic Wilfredo Vallín. Presidente. Asociación Jurídica Cubana

Información vinculada:  

Catalogo jurídico de Cuba

Cordura sobre Egolatría

 

Carta abierta al Excelentísimo Señor Nuncio de la Santa Sede en La Habana

Derecho/ Derecho Canónigo 

codigo de derecho canonico
Acudo a Su Excelencia Reverendísima, y como a Nuncio, representante de la autoridad papal, le ruego tenga a bien citarme para tramitar mi demanda legal a Roma, contra el señor cura Eduardo García Tamayo, S. J., director de la publicación jesuita “Vida Cristiana”…

 

Cubamatinal/ En ediciones anteriores, hemos publicado diferentes artículos del feligrés de la parroquia El Buen Pastor de Jesús del Monte en el municipio capitalino «10 de Octubre», reclamando a la iglesia la rectificación publica de las ofensas emitidas contra diferentes estamentos de la sociedad civil cubana en un numero de la publicación jesuita «Vida Cristiana». Luego de varios desencuentros y omisiones sobre el reclamo; el feligrés Jaime Leygonier, dirige la siguiente carta al Nuncio de la Santa Sede en La Habana.    

Texto de la carta:

Excelentísimo Señor Nuncio de la Santa Sede en La Habana.

S. E.R., arzobispo Georgio Lingua:

Por mi carta e-mail del 15 de marzo pasado y otra posterior, en las cuales le solicité interpusiera sus buenos oficios, para lograr una avenencia en asunto de “difamación mediante libelo”, conoce que hace meses solicito una rectificación a la cual se niegan las autoridades de la Iglesia a quienes compete.

S.E.R., conoce, que vista la obstinación en negarse a la avenencia fraterna, pedí a esas autoridades un juicio eclesiástico contra el, o los implicados, según Derecho Penal Canónico. Y que me orientaran, sobre como presentarles mi demanda judicial.

Pero prosiguen obstinados en su negativa, mediante el expediente infantil de no responder mis cartas de petición, privadas y públicas, de las cuales no pueden negar conocimiento.

Ello va contra el Derecho Canónico. Contra mi derecho a presentar la demanda, que mi Iglesia me otorga mediante ese código legal. Contra el voto de obediencia a la autoridad superior, pues fue el Papa (S.S. Juan Pablo II) quien refrendó el Código de Derecho Canónico vigente.

Y contra el deber que tienen el Superior de los Jesuitas, R.P. Juan Miguel Arregui; el Arzobispo de La Habana, S.E.R. Juan de la Caridad García Rodríguez; y los obispos de la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba (C.O.C.C.) de velar porque los religiosos subordinados a ellos o en su diócesis, o en las diócesis donde repartieron el libelo, no den escándalo y, en caso de delinquir, sean castigados según justicia.

Justicia que me asiste, según reconoce implícitamente tanto ignorar mi demanda: Pues si mi denuncia fuera injusta, la autoridad eclesiástica, en este caso el Superior de la Compañía de Jesús y el Arzobispo de La Habana, estarían igualmente en deber de recibirla.

Y, luego de recibirla, desestimarla como infundada por motivos legales que me explicarían.

No me sorprende, pues hace años fue en vano denunciarles al arzobispo de La Habana, S.E.R. Juan de la C. García Rodríguez y a su predecesor, el cardenal Jaime Ortega:

Los robos del párroco Luis Alberto Formoso, los mecanismos de secta de la parroquia de La Medalla Milagrosa.

Precedente acto de “difamación mediante libelo”, cometido por el arzobispo de Pinar del Rio, Mons. E. Serpa, contra el derecho al buen nombre de los presos de conciencia conocidos como “los 75”. A quienes calumnió, al declarar en la revista “Palabra Nueva”: “algunos eran presos comunes”, sin especificar cuáles ni en que basaba su descalificación.

Cobro de los sacramentos mediante tarifa; posible violación del secreto de la confesión, etc.

Dado que la arbitrariedad y la impunidad imperan en Cuba y los príncipes de mi Iglesia parece las consideran “principios” y desprecian no solamente las peticiones, sino al Código de Derecho Canónico al que deben obediencia:

Acudo a Su Excelencia Reverendísima, y como a Nuncio, representante de la autoridad papal, le ruego tenga a bien citarme para tramitar mi demanda legal a Roma, contra el señor cura Eduardo García Tamayo, S. J., director de la publicación jesuita “Vida Cristiana”.

Demanda por “injurias y difamación mediante libelo” contra colectivos sociales de cubanos. Con uso de la propaganda de odio oficial, en esa publicación católica.

La diferencia entre autoridad y tiranía, la marca la sujeción de la autoridad a la Ley.

El 17 de abril del presente, vino a la puerta de mi hogar un agente de la Seguridad del Estado, “Sección 21 de Enfrentamiento a la Contrarrevolución”. Pretendía “conversar” conmigo sobre mi labor, me negué.

Como escribo muy poco periodismo desde diciembre del 2016 y últimamente casi que mis únicas publicaciones son mis cartas a autoridades de la Iglesia:

Me pregunto si este acto de acoso que coincide con mi demanda a eclesiásticos es casual o si el Estado anticristiano, deviene en defensor represivo del clero a quien censuro. Espero su respuesta y citación.

Le ruego, ya que aquí no veo ni voluntad de solución ni quien pueda servir de juez, siendo todos parte, que remita esta carta a Su santidad el Papa Francisco.

Que Dios lo bendiga.

Y a nuestra Iglesia en descrédito y crisis: Por mentalidad y prácticas, como las que motivan ésta.

Jaime Leygonier Fernández, feligrés de El Buen Pastor de Jesús del Monte.

Tlf. móvil: (53) 52003571. Domicilio: Zapotes 113, Santos Suarez, La Habana. CP- 10500.


2) Portal de Diez de Octubre 818, año 2013 - Foto J. Leygonier.
Jaime Leygonier Fernandez.  

Periodista independiente, con una amplia producción en diferentes medios de la prensa independiente y el exilio. Escritor, ex profesor (expulsado por sus acciones políticas), fue condenado a tres años de privación de libertad en 1990 por el supuesto delito de “propaganda enemiga”, con anterioridad expulsado de la carrera de Historia en la Universidad de La Habana por no renegar del catolicismo.

Reside en Cuba y se mantiene activo en la prensa independiente, incluido el periodismo de investigación.

Campesino cubano quería alimentar a su familia y terminó preso

Fuente/ Palenque Visión para Marti Noticias

//www.martinoticias.com/embed/player/0/145148.html?type=video

Un pequeño agricultor cubano conservó, para alimentar a su familia, unas pocas libras de carne de una vaca de su propiedad que murió al parir. El gobierno castrista lo acusa ahora de hurto y sacrificio de animales.